A partir del 2 de enero vehiculos pesados no podrán circular en zona restringida de la ciudad

A partir del 2 de enero vehiculos pesados no podrán circular en zona restringida de la ciudad

28 Diciembre 2022 Nacionales

Santo Domingo – El director ejecutivo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras, anunció que a partir de este lunes 2 de enero iniciarán la fiscalización de vehículos pesados que violen la Zona de Acceso Restringida (ZAR) de la ciudad.

La medida está contemplada en el reglamento 258-20, que prohíbe el paso de vehículos de carga de más de tres ejes al interior del perímetro definido por la Zona de Acceso Restringido y la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en República Dominicana.

La Zona de Acceso Restringida (ZAR), está delimitada al Norte por las avenidas Reyes Católicos y República de Colombia; al Oeste por la avenida Gregorio Luperón y al Este por el rio Ozama.

La restricción aplicará a todos los vehículos de carga de más de tres ejes en el horario de 6:00 de la mañana 8:00 de la noche.

En ese sentido, Hugo Beras hizo un llamado a las empresas de transporte y compañías que prestan servicios de carga a registrarse para solicitar los permisos de acceso a la zona ZAR, y los lugares establecidos en los horarios permitidos, a través del portal web del INTRANT www.intrant.gob.do.

Los vehículos pesados solo podrán acceder al Puerto de Santo Domingo desde puntos control ubicados en la Autopista Duarte, Avenida John F. Kennedy; los puentes Duarte y Juan Bosch y el malecón Oeste, desde donde se verificará si poseen el permiso de paso emitido por el puerto en coordinación con Intrant y el Ayuntamiento del Distrito Nacional.

La solicitud del permiso deberá presentar causas justificadas y definir las fechas en las que se requiere transitar. Deberá ser impresa y situarse en el cristal frontal del vehículo, mientras que el puerto habilitará un estacionamiento temporal para regular el acceso a los camiones en el área del malecón Oeste.

Se dará prioridad a los vehículos de transporte de mercancías refrigeradas y perecederos, materiales de construcción, combustibles, suministro de material médico, de hospitales y vacunas. No se permitirá el acceso de camiones con transporte de doble cola al interior de los límites definidos por la avenida circunvalación, excepto al Puerto de Santo Doming

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