Abogada Anny Guzmán propone tipificar la omisión parental y el encubrimiento familiar como delito

Abogada Anny Guzmán propone tipificar la omisión parental y el encubrimiento familiar como delito

11 Enero 2026 Nacionales

Santo Domingo, R.D. A raíz del trágico caso de la menor Brianna Genao González, quien presuntamente fue víctima de violación y asesinato, la abogada penalista Anny Guzmán hizo un llamado urgente a reformar la Ley 136-03, Código para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, con el objetivo de garantizar una protección real y efectiva de la niñez dominicana.

Durante una entrevista matutina, Guzmán sostuvo que, aunque la Ley 136-03 reconoce a la familia como el primer garante de los derechos de los menores, presenta vacíos legales importantes al no establecer consecuencias penales claras cuando existe una omisión grave de protección, ni cuando se produce encubrimiento familiar en delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes.

La jurista explicó que la autoridad parental no debe entenderse únicamente como un derecho, sino como un deber jurídico de protección. Señaló que cuando ese deber se incumple de manera grave y dicha omisión facilita abusos, violencia o incluso la muerte de un menor, el ordenamiento jurídico debe responder de forma clara y contundente.

En ese sentido, Guzmán propuso reformar la Ley 136-03 para tipificar penalmente la omisión parental grave, diferenciándola de la negligencia leve, así como para sancionar de manera expresa el encubrimiento familiar, entendido como el silencio, la ocultación de información o la falta de denuncia frente a delitos cometidos contra menores dentro del entorno cercano.

Asimismo, abordó el debate público sobre la castración química como respuesta a los delitos sexuales, señalando que este tipo de medidas no resultan efectivas si se limitan a reaccionar ante el crimen consumado, sin atender las causas estructurales del abuso.

Guzmán afirmó que el abuso sexual no se combate únicamente con respuestas punitivas extremas, sino con mecanismos de prevención, detección temprana, responsabilidad familiar y fortalecimiento institucional. Indicó que, de no atenderse estos factores, el sistema continuará reaccionando a los hechos en lugar de prevenirlos.

En otro aspecto, explicó que el Código Penal vigente contempla penas severas para los delitos de violación y homicidio, las cuales se agravan cuando la víctima es menor de edad. No obstante, recordó que el nuevo Código Penal, promulgado en 2025, aunque introduce sanciones más severas y figuras específicas para delitos graves contra menores, aún no está vigente.

Precisó que dicho Código entrará en aplicación en agosto de 2026 y que, conforme a los principios constitucionales, no puede aplicarse de manera retroactiva a hechos ocurridos con anterioridad.

La abogada concluyó señalando que este caso demuestra que no basta con endurecer penas, sino que la verdadera protección de la niñez comienza antes del delito, mediante leyes claras que prevengan, obliguen y responsabilicen tanto a la familia como al Estado y a la sociedad.

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