
Caso diputado se conocerá en la Suprema Corte
Santo Domingo.-En momentos en que el diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Sergio Moya está a un tris de ser investigado por el caso de corrupción atribuido por fiscales a exfuncionarios, al tener jurisdicción privilegiada, las fases de investigación, instrucción y juicio que se le conozca son de la exclusiva competencia de los jueces de la Suprema Corte de Justicia.
La Constitución dominicana y el Código Procesal Penal establecen la jurisdicción privilegiada y el procedimiento a seguir en ese tipo de casos, que deben ventilarse cumpliendo las reglas comunes.
Empezando por la Carta Magna, el artículo 154 dispone que corresponde a la Suprema conocer, en única instancia, las causas penales seguidas, entre otros, a senadores y diputados.
Todo el proceso es conocido por jueces de la Suprema, desde la investigación, la coerción, audiencia preliminar, juicio de fondo, la apelación y la casación.
En virtud a lo preceptuado por el artículo 377 del Código Procesal Penal, en los casos de privilegio de jurisdicción en razón de la función que desempeña el imputado, se aplica el procedimiento común.
Conforme al artículo 379 del Código Procesal Penal, corresponde al presidente de la Suprema designar a un juez de esa Alta Corte, para que conozca la fase de instrucción, quien luego no podrá intervenir en el juicio.
Los recursos de apelación serán conocidos por la cámara penal y los de casación, por el Pleno de la Suprema.
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