
En torno al fideicomiso público
Santo Domingo.-Con el propósito fundamental de conocer varios proyectos de ley pendientes, el Poder Ejecutivo extendió la legislatura del Congreso Nacional hasta el próximo 15 de febrero.
Entre esos proyectos se encuentra el relativo al fideicomiso público, el cual había sido aprobado por el Senado y enviado a la Cámara de Diputados.
En la cámara baja no contó con el apoyo de los principales partidos de oposición; y con una votación menor de las dos terceras partes (requisito de toda ley orgánica), se le devolvió al Senado para que conozca de las modificaciones que le fueron introducidas.
De conformidad con lo establecido en sus normas, el objetivo del proyecto de ley sobre fideicomiso público consiste en establecer su organización, estructura y funcionamiento.
Además, su capacidad legal para administrar recursos públicos y proveer, gestionar o ejecutar obras y proyectos de infraestructura o servicios de interés colectivo.
El artículo 4 del referido proyecto precisa lo que se entiende por fideicomiso público. Dice así: “Es la modalidad de fideicomiso celebrado por el Estado, con carácter de fideicomitente, respecto de bienes o derechos que formen parte de su patrimonio o con el objetivo de gestionar, implementar o ejecutar obras, bienes, servicios o proyectos de interés público.”
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