
Varios partidos van invalidar las consulta del PLD del 6 de octubre
Santo Domingo.-El proceso de votación de los votos automatizados del PLD solicitó una colaboración del equipo de la JCE con los equipos electrónicos para que las personas puedan expresar sus votos de manera automatizada nediante la simpatia de los aspirantes candidatas.
A partir del expediente No. TC-01-2020-0005 evacuada por el tribunal costitucional en su decisión relativa a la acción directa de inconstitucional incoada por Namphi Rodriguez contra el art. 99 de la ley organica de regimen electoral no. 15-19 de las votaciones.
Por lo tanto concluimos con lo siguiente
Primero: Permitir la realización de este proceso de consulta de simpatia solicitado del PLD constituye un privilegio y una acción de un privilegio de tratamiento desigual por la JCE de los partidos y las organizaciones politicas de las naciones de los plazos.
Segundo la JCE no puede validar ni reonocer ningun candidato que resulte de un proceso interno de los vicios y violaciónes legales como solicitaron el PLD y legitimizar las funciones.
único:en el pleno de la JCE aplique las sanciones correspondientes de la violaciones de la disposiciones de las acta de la aprobacion PRES-JCE-403-2022 entre consulta y recientes educativos de las normativas para salvaguardar la integridad del partido.
Tercero:A la luz del partido para ser legitimizado por la nacion inconstitucional y el frente a la legistimacion seria un adefesio juridico de los orgamismo electorales en la region en los procesos internos del partido extemporaneo y no contemplados en la normativa de los partidos.
Cuarta:en un evento que genera preocupacion del sistema por el partido de oa falta de transparencia de la vias correspondientes e institucionalidad del pleno de la JCE por la comision organizada de la consulta del PLD.
Quinta:el PLD ha violado los procesos establecidos por la disposición de la JCE de respusta de la solicitud de la citada organización politicas parte de la organización Alejandrina German por los elementos probatorios de las campañas entre la resolución NO. 2-2022 del 27 de enero 20222 y demas funcionarios del partidos.
Sexta:Destacar la funciones del PLD mediante la franca y gravisima de los dispuesto por la JCE de la acta de la aprobacion PRES-JCE-403-2022 donde acoge de la forma parcial de la solicitud de la comisión organizadora de las consultas del ministerio de Educación.
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